Una nueva Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal entró en vigor en el Estado de México.
Esta legislación histórica reconoce formalmente a caballos, burros, mulas y bueyes como seres sintientes, otorgándoles derechos laborales básicos que incluyen un día de descanso obligatorio a la semana.
La legislación estatal establece las siguientes garantías para los animales de trabajo:
Descanso obligatorio: Tienen derecho a un día de descanso semanal (procurando que sea en domingo) y a horarios de trabajo regulados para evitar el agotamiento y el sufrimiento.
Jubilación digna: Los animales que ya no puedan realizar labores de carga, tiro o exposición debido a su edad o problemas de salud tienen derecho al retiro.
Prohibición de maltrato: Queda estrictamente prohibido obligarlos a laborar si presentan enfermedades, lesiones o signos evidentes de cansancio extremo.
Condiciones básicas: Las personas responsables están obligadas a proporcionarles agua, alimento periódico, atención veterinaria y condiciones que reduzcan su estrés.