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Aclara SAT: Sus empleados no pueden andar armados

Redacción
Miércoles 7 de Mayo de 2025
 

Es falso que, en el dictamen aprobado por la Cámara de Diputados y Senadores, se establezca que los trabajadores del SAT podrán portar armas de fuego para el cumplimiento de sus funciones, aclaró este dependencia en un boletín emitido hoy miércoles.

El objetivo principal de la reforma, precisa el SAT, es fortalecer el control sobre la posesión y uso de armas en México, así como endurecer las sanciones contra el tráfico ilícito de dichos artefactos y regular, de manera más estricta, la portación y comercialización de armamento en el país.

Además, se busca fomentar la cultura de la paz, mediante campañas permanentes de desarme.

El proyecto de decreto señala que los organismos públicos que obtengan la licencia oficial colectiva, por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, sólo podrán emplear el armamento autorizado en funciones de carácter oficial y de seguridad pública.

Es necesario precisar que esta institución cuenta con licencia autorizada por la Secretaría de la Defensa Nacional, única y exclusivamente en la modalidad de “Seguridad privada en los bienes”, la cual proporciona servicios de seguridad y protección a instalaciones y edificios del SAT.

Lo anterior significa que el personal administrativo de esta institución no porta, ni portará armas para el desarrollo de sus funciones diarias como lo han señalado algunos medios de comunicación.

 

 

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