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También en Cd. Obregón deben prender aires en camiones

Redacción
Jueves 04 de Mayo de 2017
 

Las rutas del transporte urbano de pasajeros 1, 3, 8, 9, 10 y 12 en Cd. Obregón serán vigiladas estrechamente para que los concesionarios cumplan con la obligación de encender el aire acondicionado, anunció la Dirección de Transporte en el Estado.

De acuerdo a la Ley 149 de Transporte del estado de Sonora, el artículo 102 fracción 11 BIS señala que las unidades deben circular con el aire acondicionado encendido y en correcto funcionamiento, de lo contrario, se aplica el procedimiento de ley. 

Las unidades seminuevas y de modelo reciente si están en condiciones de brindar servicio de transporte con aire acondicionado, sin embargo, es evidente que los camiones de modelo atrasado difícilmente podrán brindar ese servicio, por lo que se hizo un exhorto a los concesionarios para que sustituyan esos vehículos.

Ante el incumplimiento y según el artículo 148, las infracciones a aplicar según el procedimiento, es una amonestación y si reinciden, los pasos siguientes son un apercibimiento y después una multa que va desde uno hasta los 100 UMA (Unidad de Medida y Actualización) y si no acatan el reglamento, se puede llegar hasta la suspensión y la revocación de las concesiones.

La Dirección de Transporte exhorta a los usuarios a denunciar las unidades y a los operadores que no cumplan con el encendido de aires comunicándose por las vías oficiales, ya sea al teléfono 01-800-71-71-110 de lunes a viernes de 8:00 am a 3:00 pm, o bien, enviar un mensaje de WhatsApp al 6621-04-77-55, indicando el número de línea y de unidad.


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