Viernes 3 de May de 2024
El tiempo - Tutiempo.net

Ampara Suprema Corte a pequeños ahorradores

Proceso
Lunes 15 de Abril de 2013
 

CD. DE MÉXICO.- Los ahorradores con ingresos anuales inferiores a 100 mil pesos fueron beneficiados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que les concedió un amparo por medio del cual podrán pagar el ISR de acuerdo con su capacidad económica.

En un comunicado, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) informó que para otorgar el amparo a sus defendidos, la Segunda Sala de la SCJN consideró que el artículo 160, párrafo segundo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), viola sus derechos constitucionales de proporcionalidad y equidad.

“El impuesto pagado por pequeños ahorradores que únicamente obtienen ingresos anuales por intereses inferiores a 100 mil pesos resulta desproporcional a su realidad económica, porque no toma en cuenta los efectos de la inflación ni les concede el beneficio de acreditar sus retenciones y efectuar deducciones autorizadas”, se lee en el documento.

Destaca que los ministros también consideraron inequitativo que, quienes obtienen al año ingresos superiores a 100 mil pesos por concepto de intereses, sí tengan derecho a los beneficios mencionados.

Asegura, asimismo, que los casos defendidos por la Prodecon “son más comunes de lo que parece, pues se trata de personas económicamente vulnerables que veían disminuidos sus recursos con el impuesto declarado inconstitucional por la Corte”.

En su comunicado, la dependencia encabezada por Diana Bernal Ladrón de Guevara subraya que la resolución de la SCJN “es una muestra más de la sensibilidad y el alto nivel jurídico con que se desempeña” el máximo tribunal del país, “reivindicando los derechos fundamentales de quienes pagan impuestos en este país”.

Asimismo, se congratula de que la concesión del amparo sea en beneficio de sectores vulnerables, por lo bajo de sus ingresos y porque son precisamente a quienes defiende en tribunales la Prodecon.

Política de Privacidad    Copyright © 2006-2024 InfoCajeme.com. Todos los Derechos Reservados.