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Seguridad o militarización

Angie Beltrán
Martes 26 de Abril de 2011
 

Mientras panistas de la comisión del Trabajo siguen llorando su fracaso con la congelación de la reforma laboral; la Cámara de Diputados trabaja a marchas forzadas para sacar adelante las reformas al Sistema Político Mexicano y a la Ley de Seguridad Nacional.

Reformas necesarias para oxigenar la vida política de un México que ya no cree en partidos políticos, pues a pesar de la oferta política a través de siete partidos nacionales: PRI, PAN, PRD, PT, Convergencia, Nueva Alianza y PVEM;  de plano no hay ni a cuál irle.

De ahí que la inclusión de las candidaturas ciudadanas como parte de la reforma será un paso importante y real en la democratización del país; así los partidos políticos no tendrán el monopolio de los candidatos a cargos de elección popular.

Por ende, de ganar los comicios un ciudadano, éste no le deberá a ningún partido la postulación ni tampoco tendrá el compromiso de satisfacer necesidades e intereses de un órgano político, sino que su compromiso podrá ser, ahora sí, con la población.


La reforma a la Ley de Seguridad Nacional ha levantado ámpula entre los partidos de izquierda, PRD, PT y Convergencia,  a los que se les unió el PVEM; al considerar que la facultad extraordinaria que Senadores dan al Ejecutivo Federal para desplegar las fuerzas armadas, trae el riesgo de la militarización del país. 

Ya que en la minuta que el Senado envió a la Cámara de Diputados para su revisión, otorga al presidente de la República facultades extraordinarias para mantener el orden a través del ejército mexicano hasta en movimientos sociales de tipo electoral o laboral.

Afortunadamente la sensatez va de gane esta vez entre los diputados y ya quedó eliminado ese punto.

Por lo que de aprobarse la nueva ley de seguridad nacional, el ejecutivo federal no podrá reprimir movimientos sociales respaldado por el ejército mexicano; como ocurrió en 1968 con la represión a estudiantes en la plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco, ciudad de México.

Dicha reforma podría salir adelante esta misma semana ya que otros puntos de controversia han sido pulidos, como aquel que dejaba abierto al criterio del ejecutivo federal determinar “las situaciones de riesgo a la seguridad interior”, que llevarían a la decisión de desplegar las fuerzas armadas.

La aportación de los diputados para salvar esa abstracción fue dejar a la Suprema Corte de Justicia revisar la constitucionalidad de las declaratorias de “afectación a la seguridad interior”, con lo cual se equilibrarían las fuerzas de los poderes de la nación.

Además, quedó eliminado el fuero militar. Y si militares incurren en delitos al realizar acciones de seguridad pública serán juzgados desde el ámbito civil; “pues el fuero militar se basa en órdenes y el civil en garantías constitucionales”, especificó el presidente del grupo de trabajo para el análisis de dicha minuta, Alfonso Navarrete Prida, en medio de la suspicacia política sobre la premura para aprobar esta reforma en tiempos electorales.

Otra modificación fue dejar expresamente en la ley de seguridad nacional el respeto a los derechos humanos. Así como también, se estableció que el ejecutivo federal deberá avisar al Congreso de la Unión de los operativos militares a realizarse y deberá publicarlo en tres medios locales de la región donde desplegará a las fuerzas armadas.

El documento para la reforma fue enviado a la Junta de Coordinación Política, instancia que turnará a la vez la propuesta a las cinco comisiones revisoras: Gobernación, Seguridad Pública, Defensa Nacional, Derechos Humanos y Puntos Constitucionales de la cámara baja, para su estudio y virtual aprobación en las siguientes horas.

La reforma a la ley de seguridad nacional se da en el contexto de un nuevo escenario nacional de una lucha—combate o guerra del gobierno federal en contra el crimen organizado; situación que ha justificado la salida del Ejército Mexicano a las calles.

Sin que exista al momento una ley que permita a militares realizar labores propias de policía; toda vez que la Constitución especifica que las fuerzas castrenses son exclusivas para la defensa nacional y en contra de otras naciones y no para la seguridad pública.

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